Laboral & Personas

Los cambios en el sector público que traerá la aprobación de la tutela laboral para este tipo de trabajadores

La iniciativa aprobada por el Congreso incorpora al procedimiento de tutela de derechos fundamentales a todos los funcionarios públicos y municipales.

Por: Claudia Rivas A. | Publicado: Miércoles 19 de agosto de 2020 a las 15:14 hrs.
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La tutela laboral, cuya finalidad central es la protección de los derechos fundamentales del trabajador de naturaleza no laboral, tales como la intimidad, la libertad de expresión o la honra, era una antigua aspiración de los funcionarios públicos, que no fueron considerados en la Ley 20.087 publicada en el año 2006. De ahí la relevancia del proyecto despachado por el Senado para su promulgación, ya que incluye a estos trabajadores en la normativa.

La iniciativa aprobada por el Congreso incorpora al procedimiento de tutela de derechos fundamentales a todos los funcionarios públicos y municipales. Y en la Cámara Alta se respaldó por 29 votos a favor, ocho abstenciones y ningún rechazo.

Las abstenciones fueron de parlamentarios de Chile Vamos, que expresaron sus dudas respecto de la competencia del Congreso para avanzar en una norma que sería se atribución exclusiva del Presidente de la República, como lo expresó el senador UDI Juan Antonio Coloma, quien señaló que esta materia "es de iniciativa exclusiva presidencial, porque irroga gasto fiscal, por cuanto contempla indemnizaciones", pero también aludió a un informe de la Corte Suprema, que se pronuncia en contra.

¿En qué consiste?

La normativa consiste en incorporar a las relaciones laborales del sector público el procedimiento de tutela laboral, permitiéndoles a estos trabajadores la defensa de los actos provenientes de dicha relación que vulneren sus derechos fundamentales.

En virtud del proyecto, se incorporan a este beneficio a los funcionarios de la administración pública, del Congreso Nacional, del Poder Judicial, de las empresas públicas; igualmente a los trabajadores del Ministerio Público, del Tribunal Constitucional, del Servicio Electoral, de la Contraloría General de la República y del Banco Central; y a aquellos que sus propias leyes declaren como autónomos, como las municipalidades.

El proyecto modifica también el Código del Trabajo en el sentido de esclarecer el ámbito de actuación de la Dirección del Trabajo en materia de tutela laboral y clarifica el pago de la indemnización para trabajadores del sector público, en caso de acogerse a la denuncia por esta razón, o la posibilidad de reincorporarse a sus labores, si el trabajador lo deseara.

Finalmente, precisa que "si el juez declara que el despido de funcionarios de la Administración del estado es discriminatorio y además ello fuera calificado como grave, el trabajador podría optar entre la indemnización que corresponda o bien su reincorporación al cargo".

Arma sindical

Para el presidente de la Asociación de Nacional de Funcionarios Públicos (ANFP), José Pérez, la concreción de la iniciativa constituye "una nueva conquista sindical, porque es incorporar el derecho a acceder al procedimiento de derechos fundamentales que señala el Código del Trabajo; es decir, no hay una discriminación".

Desde su punto de vista, con esta ley "para todos los efectos, siendo servidores públicos, que tiene otra orientación y otros principios, somos trabajadores (as) y, por lo tanto, en buena hora esta iniciativa". Y destacó principalmente que esta normativa constituye un nuevo instrumento de trabajo sindical "para defender a los funcionarios púbicos de cualquier acto que atente contra la estabilidad en el trabajo y de posibles despidos arbitrarios", ya que estos trabajadores no son funcionarios del gobierno de turno –recalcó-, sino del Estado y "nos hacemos cargo de la implementación de las políticas públicas". Y manifestó su esperanza de que el gobierno la publique lo antes posible.

Y como "nobleza obliga" –dijo- agradeció a los parlamentarios que promovieron esta iniciativa, a través de una mesa de trabajo y presentaron la moción, como son Carolina Goic (DC), Adriana Muñoz (PPD), Ximena Rincón (DC), Isabel Allende (PS), Juan Ignacio Latorre (RD), Alfonso De Urresti (PS), Ricardo Lagos Weber (PPD), Felipe Harboe (PPD) y Juan Pablo Letelier (PS).

Zanja debate

Este último, en su calidad de presidente de la Comisión de Trabajo del Senado, señaló que con esta normativa "queda zanjado, de una vez por todas, el debate acerca de si los trabajadores del sector público y municipal tienen los mismo derechos respecto a la defensa de su derechos fundamentales en el ámbito laboral, que los trabajadores del sector privado".

Y, en particular, -añadió-con esta ley interpretativa se aclara si es aplicable a los trabajadores del sector público y municipal, la posibilidad de tener un procedimiento rápido, para amparar derechos fundamentales, como es la permanencia en el trabajo, la no discriminación, los derechos de vacaciones, descanso y de condiciones de trabajo.

Letelier destacó que esta normativa es tan importante, porque "el tribunal Constitucional, en momentos, ha dicho que los trabajadores del sector público no tienen derecho a la justicia laboral con la aplicación de procedimientos acelerados, oportunos, y que tiene que someterse sólo a los procedimientos de la Contraloría General de la República"; pero con esta normativa se zanja ese debate.

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